martes, 14 de marzo de 2017

Aprueban estudio de capacidad de carga de carretera a Machu Picchu




El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) aprobó hoy el “Estudio de capacidad de carga de la vía de comunicación terrestre, carretera Hiram Bingham, al interior del Santuario Histórico de Machu Picchu”, en cumplimiento del Plan Maestro del Santuario Histórico de Machu Picchu, periodo 2015-2019, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 070-2015-SERNANP.

De esta manera, el Sernanp estableció el número máximo de unidades vehiculares para el servicio de transporte turístico de pasajeros que actualmente transitan en la carretera Hiram Bingham (ruta Machu Picchu Pueblo – Llaqta de Machu Picchu), en un total de 24 unidades vehiculares. Como se sabe, la operación de dichos buses está a cargo de la empresa concesionaria Consettur.

“Dichos vehículos deberán contar para su tránsito, además, con los requisitos normativos de carácter ambiental exigidos por el Sernanp y las autoridades sectoriales competentes”, señala la Resolución Jefatural del Santuario Histórico de Machu Picchu N° 024-2016-SERNANP-SHM-J.

La norma precisa que el tránsito de vehículos motorizados en las vías de comunicación terrestres, ferroviarias, marinas, lacustres, fluviales y aéreas al interior de las Áreas Naturales Protegidas de Administración Nacional, deben observar la capacidad de carga de las vías de comunicación y el entorno implicados, con el fin de evitar disturbios a la flora y fauna silvestres y limitar la contaminación ambiental, así como lo dispuesto en el Plan Maestro.

Señala también que debe entenderse la “capacidad de carga” como la cantidad de visitantes y/o tipo de actividades que se pueden permitir de manera simultánea dentro de un área natural protegida o sitio dentro de la misma, sin causar impactos irreversibles o mayores a los definidos como aceptables.

“Para ello la autoridad empleará las técnicas y metodologías, así como políticas de manejo que mejoren la calidad de las visitas en dichas áreas, al tiempo que eviten los impactos negativos originados por la actividad, tanto a nivel ambiental como socio cultural”, indica la resolución.

Asimismo, recuerda que el Plan Maestro del Santuario Histórico de Machu Picchu, periodo 2015-2019, plantea entre sus objetivos: ordenar los medios de transporte que ingresan al Santuario Histórico de Machu Picchu y a la Llaqta de Machu Picchu, a fin de reducir sus impactos; y mantener el estado de conservación de los ecosistemas y su diversidad biológica representativa.

Finalmente, el documento refiere que el estudio de capacidad de carga de la carretera Hiram Bingham determina, desde el punto de vista geológico y estructural del suelo, el límite máximo de unidades de transporte que pueden circular en un período determinado, teniendo en cuenta la no alteración del paisaje y/o modificación del ancho de vía, cuyo resultado, permitirá establecer un ordenamiento adecuado y controlado del servicio de transporte en la vía de comunicación, contribuyendo al desarrollo de un turismo sostenible y la conservación del Santuario Histórico de Machu Picchu.

Cabe señalar que la presente resolución lleva la firma de José Carlos Nieto Navarrete, jefe del Santuario Histórico de Machu Picchu – Sernanp.

Fuente: portaldeturismo.pe

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